OCDE

¿Qué es el Acuerdo OCDE?
Es un acuerdo para el intercambio automático de información tributaria firmado por 117 países (incluida la República Argentina) en el marco de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico. En nuestro país fue implementado a través de la Resolución General Nº4056/2017 de la AFIP.

¿Cuál es el objetivo del Acuerdo OCDE firmado por la República Argentina?
El objetivo del Acuerdo OCDE es el de intensificar a nivel global la lucha contra la evasión fiscal.

¿A quién impacta el Acuerdo OCDE?
El Acuerdo OCDE tiene un impacto sobre todas las Personas Humanas y Jurídicas sujetas al pago del impuesto a las ganancias en los 117 países firmantes del acuerdo.

¿Cómo impacta el Acuerdo OCDE a los clientes de SBS?
A partir del 1º de enero de 2016 los clientes nuevos (Personas Humanas y Jurídicas) deberán declarar si tienen residencia fiscal en el exterior, y en el caso de las Personas Jurídicas deberán además declarar si tienen controlantes (beneficiarios finales con más del 10% de control de la sociedad) que sean residentes fiscales en el exterior.

Por otra parte, la Entidad deberá identificar clientes existentes al 31 de diciembre de 2015 con residencia fiscal en el exterior, o (en el caso de las Personas Jurídicas) también con controlantes con residencia fiscal en el exterior. En ese contexto, es posible que algunos clientes sean contactados para firmar una Declaración Jurada OCDE.

FATCA

¿Qué es FATCA?
FATCA, por sus siglas en inglés (Foreign Account Tax Compliance Act), fue aprobada por el gobierno de los Estados Unidos el 18 de Marzo de 2010. FATCA invita a las Instituciones Financieras Extranjeras (FFIs por sus siglas en inglés) a identificar, reportar y (en algunos casos) retener fondos de personas estadounidenses. FATCA comenzó a regir a partir del 1 de julio de 2014.

¿Cuál es el objetivo de FATCA?
El objetivo es detectar e impedir la evasión fiscal de inversiones en el extranjero por parte de residentes y ciudadanos estadounidenses. Las Instituciones Financieras fuera de Estados Unidos tienen un incentivo importante para cumplir con esta ley, dado que es la única forma de evitar la retención impositiva del 30% sobre cualquier pago recibido de fuente estadounidense sujeto a retención.

¿A quien impacta FATCA?
FATCA es un régimen amplio y puede impactar a cualquier persona humana o jurídica, estadounidense o extranjera, en la medida que esa persona esté involucrada en la realización o recepción de pagos que encuadren dentro del ámbito de FATCA.

Las FFI's deberán cumplir con FATCA de alguna de las siguientes formas:

1) En países con Acuerdos Intergubernamentales (IGA por sus siglas en inglés) Modelo 1, las FFI's deberán cumplir bajo la regulación local y reportar a su autoridad tributaria, quien intercambiará información con el Internal Revenue Service (IRS).

2) En países con IGA Modelo 2, las FFI's deberán cumplir con las regulaciones locales para entrar en un acuerdo FATCA con el IRS y reportar directamente al IRS. Los requerimientos para el cumplimiento de esta ley están establecidos en el IGA firmado por el país.

3) En países que no han firmado un IGA, las FFIs deberán entrar en acuerdos FATCA con el IRS y reportar directamente a este organismo.


¿Cuál es la posición de SBS?
La República Argentina ha firmado un Acuerdo FATCA Modelo 1 con los EEUU y SBS se ha Registrado en FATCA como una Institución Financiera de Reporte Modelo 1 para así cumplir con los requerimientos y obligaciones que nos exige la AFIP de forma de poder continuar brindando servicios financieros de calidad sus clientes.

¿Cómo impacta FATCA en SBS?
Nos hemos registrado ante el IRS, en virtud del cual debemos obtener y verificar cierta información de nuestros clientes, reportar a la AFIP determinada información de clientes estadounidenses y quién remitirá la información al IRS.

AFIP requiere que revisemos nuestros procesos vigentes de aceptación de clientes y que los ajustemos en función de las regulaciones, en la medida que corresponda.

¿Cuándo comienzan las retenciones por FATCA?
Las retenciones de FATCA sobre ingresos de fuente estadounidense tales como intereses, dividendos, primas, anualidades, comenzarán a partir del 1 de Julio de 2014. Las retenciones sobre los resultados brutos por venta o retenciones de activos que generen dividendos o intereses, comenzarán a partir del 1 de enero de 2017. Adicionalmente, las retenciones sobre pagos "pass through" extranjeros no comenzarán antes del 1 de enero de 2017. Debe señalarse que las retenciones se efectuarán únicamente sobre aquellos clientes que, siendo identificados como personas estadounidenses, no acepten suministrar la documentación fiscal requerida y sobre instituciones financieras no participantes.

¿Qué implica para los clientes?
De acuerdo a lo establecido por el IRS, FATCA entró en vigencia el 1 de Julio de 2014. Esta ley requiere que determinemos el status FATCA de clientes nuevos a partir de esa fecha, antes de aceptarlos como clientes. Para los clientes existentes también se deberá determinar el status FATCA, con lo cual les solicitaremos (en la medida que ello sea necesario) información para documentar su status en los próximos meses.

El reporte de cuentas de personas estadounidenses al IRS está previsto que comience en Marzo de 2015 correspondiente al año 2014.

Favor contactar a su asesor tributario si tiene preguntas específicas sobre impuestos estadounidenses o visite www.irs.gov por mayor información.

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